Santo Domingo de Guzmán, RD, 16 abril, 2024. –La acusación por lavado de activos provenientes del narcotráfico presentada por el Ministerio Público en el Caso FM fue acogida por un tribunal que condenó a los principales integrantes de la organización criminal de ese proceso a penas de 20, 15 y 12 años de prisión.
El exdirector migración Juan Isidro Pérez de la Rosa y su hijo Juan Gabriel Pérez Tejada, fueron condenados a 20 y 15 años de prisión y multas de 400 y 300 salarios mínimos, respectivamente, en tanto que a Rolando Miguel Reyes le fueron impuestos 12 años de prisión y una multa de 300 salarios mínimos.
Igualmente fueron condenados a 10 años de prisión a la ex diputada del PLD Dyna Madison Noguera y Anabel Sánchez, quienes también deberán pagar multas de 200 salarios mínimos cada una.
Además, Gladys Sofía Azcona y Ranluis Azcona fueron sentenciados cada uno a 8 años de prisión y al pago de una multa de 100 salarios mínimos.
La Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, representada en el proceso por los fiscales Pedro Medina Quezada, Manuel Castro Lora y José Manuel Calzado, demostró cómo operaba la red ante los jueces del Tercer Tribunal Colegiado de Santo Domingo Oeste, Juan Pablo Ortiz, presidente; Nelxcy Ortega y José Leonel Ascensio.
La magistrada Ramona Nova, titular de la Procuraduría Antilavado, valoró la decisión del tribunal, al tiempo que destacó que los procesados recibieron una condena ejemplar y la afectación de los activos que, como organización, habían obtenido por sus actividades ilícitas.
Añadió que el Ministerio Público seguirá trabajando con el equipo a cargo de la persecución de ese delito. Los jueces también ordenaron el decomiso a favor del Estado dominicano de los bienes incautados en el proceso, aunque dispusieron la devolución de un vehículo marca Ferrari.
El tribunal rechazó los incidentes planteados por las defensas relativos al delito precedente, derecho a la libre empresa y aplicabilidad de la Ley 72-02 de Lavado de Activos, respecto a la exclusión de documentos por no apostillamiento y a la exclusión de pruebas audiovisuales por su no reproducción.
Los jueces, igualmente, ordenaron que los procesados paguen las costas penales del proceso y que cumplan la pena privativa de libertad en los centros de corrección y rehabilitación para hombres y mujeres de Najayo, en San Cristóbal.
Además, fijaron la lectura íntegra de la sentencia para el próximo 20 de mayo de 2025.