Santo Domingo de Guzmán, 24 julio, 2026.- El Poder Ejecutivo emitió el Decreto núm. 502-26, que establece el procedimiento para prevenir, identificar y restringir la importación de mercancías producidas total o parcialmente mediante trabajo forzoso, en cumplimiento de los compromisos internacionales del país en materia de derechos humanos.
La normativa faculta a la Dirección General de Aduanas (DGA) a prohibir la importación de estos productos mediante decisión motivada. La medida también aplicará a mercancías ya embarcadas, en puertos o sometidas a trámites aduaneros, pudiendo ordenarse su reexportación, destrucción u otra acción legal, además de mantener un registro de los bienes prohibidos.
El decreto también fortalece la cooperación internacional para intercambiar información sobre mercancías vinculadas al trabajo forzoso y dispone la coordinación entre la DGA, el Ministerio de Trabajo, el Ministerio Público, el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, el Ministerio de Relaciones Exteriores y otras entidades competentes para reforzar los controles en el comercio internacional.



