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Cuando una reforma pone en riesgo a quienes pretende fortalecer

Las leyes pueden reorganizar estructuras, crear órganos y redefinir competencias. Pero solo el liderazgo, la educación, la ética, la gobernanza, la institucionalidad y el compromiso de las personas pueden construir una Policía profesional, respetada por la sociedad y fiel a la Constitución”. Ese es el verdadero desafío de la reforma policial dominicana.

 

Las grandes reformas institucionales suelen presentarse como la respuesta a los problemas del presente y la garantía de un mejor futuro. Bajo esa premisa se ha impulsado el Anteproyecto de Ley Orgánica de la Policía Nacional, una iniciativa que, en apariencia, busca modernizar la institución, fortalecer la transparencia y profesionalizar la carrera policial.

Sin embargo, toda reforma debe superar una prueba esencial: demostrar que fortalece la institución sin debilitar los derechos de quienes la integran y sin apartarse de la Constitución que pretende desarrollar. Es precisamente en ese punto donde el anteproyecto comienza a generar profundas inquietudes.

Una lectura detenida del texto revela que la discusión ya no gira únicamente en torno a aspectos administrativos o de organización interna. Lo que realmente está en juego es el modelo constitucional de Policía diseñado por la Constitución de la República y, junto con él, la estabilidad jurídica de miles de hombres y mujeres que durante décadas han construido su proyecto de vida bajo reglas que ahora podrían modificarse de manera sustancial.

La primera preocupación surge cuando el proyecto parece desconocer que la Policía Nacional no constituye una dependencia ordinaria de la Administración Pública. Los artículos 255, 256 y 257 de la Constitución le reconocen un régimen jurídico especial, con una misión, una organización y una jurisdicción propias.

No se trata de una diferencia meramente académica. Ese régimen especial explica por qué la propia Ley núm. 41-08 de Función Pública excluyó expresamente a la Policía Nacional de su ámbito de aplicación. El legislador entendió que quienes ejercen una función armada, jerarquizada y sometida a riesgos excepcionales no pueden ser regulados exactamente igual que los servidores civiles.

Paradójicamente, el nuevo anteproyecto parece recorrer el camino contrario. Gran parte de su régimen disciplinario reproduce instituciones propias del Derecho Administrativo General, aproximando la carrera policial al modelo burocrático de la administración civil y desdibujando progresivamente la identidad del Derecho Disciplinario Policial.

Pero quizá el aspecto más sensible del proyecto no se encuentra en su organización institucional, sino en sus efectos sobre los derechos adquiridos de los propios policías.

El artículo 110 de la Constitución consagra uno de los pilares del Estado de Derecho: la ley solo dispone para el porvenir y no puede afectar situaciones jurídicas consolidadas. Ese principio protege la confianza legítima de los ciudadanos frente al poder del Estado.

Sin embargo, diversas disposiciones del anteproyecto modifican las condiciones bajo las cuales miles de miembros ingresaron a la carrera policial.

No estamos hablando de ajustes menores. Estamos hablando del retiro, de las pensiones y del futuro económico de quienes han dedicado su vida al servicio público.

Entre las modificaciones más preocupantes figura la reducción de la pensión ordinaria hasta un 70 % del salario promedio en determinados supuestos, cuando el régimen vigente reconoce condiciones considerablemente más favorables.

Más delicada aún resulta la propuesta relativa a la pensión por sobrevivencia. Mientras el régimen establecido por la Ley núm. 590-16 garantiza una protección mucho más amplia para las familias del policía fallecido, el nuevo texto reduce esa prestación al 60 %, disminuyendo significativamente la protección económica de viudas, hijos y demás dependientes justamente en el momento de mayor vulnerabilidad.

A ello se suma la exclusión de los padres como beneficiarios de la pensión de sobrevivencia, suprimiendo una protección social que durante años formó parte del régimen especial de la institución.

Resulta difícil explicar cómo una reforma orientada a fortalecer la dignidad policial termina reduciendo la protección económica de las familias de quienes, incluso, pueden perder la vida en el cumplimiento del deber.

La preocupación aumenta cuando se examina el nuevo modelo previsional. El anteproyecto sustituye el régimen especial de retiro históricamente administrado por el Estado por un esquema inspirado en mecanismos de capitalización administrados mediante una AFP pública, modificando profundamente la filosofía que durante décadas caracterizó la seguridad social policial.

Más allá del debate financiero, la pregunta es inevitable: ¿puede una ley modificar las condiciones bajo las cuales miles de policías planificaron su retiro sin afectar la seguridad jurídica que la Constitución garantiza?

La respuesta merece una discusión mucho más amplia que la que hasta ahora ha tenido el proyecto.

También preocupa la reorganización interna de competencias que, en determinados aspectos, parece limitar atribuciones tradicionalmente vinculadas al presidente de la República como máxima autoridad de la Administración Pública y mando superior de la Policía Nacional. Toda redistribución competencial debe analizarse cuidadosamente para evitar conflictos con el artículo 128 de la Constitución y preservar la unidad de dirección estratégica de la institución.

Nadie discute que la Policía Nacional necesita una transformación profunda. La verdadera transformación de la Policía Nacional no dependerá exclusivamente de la aprobación de una nueva ley. La verdadera discusión, sin embargo, va mucho más allá del contenido de una ley.

Hasta aquí el debate ha girado alrededor del contenido del anteproyecto. Sin embargo, existe una reflexión aún más importante que trasciende la discusión jurídica. Durante los últimos años se ha instalado la idea de que la transformación de la Policía Nacional depende, casi exclusivamente, de la aprobación de una nueva Ley Orgánica. Esa premisa merece ser revisada.

Las leyes son indispensables para organizar las instituciones, delimitar competencias y establecer derechos y obligaciones. Pero ninguna ley, por sí sola, cambia la cultura organizacional de una institución, modifica la conducta de sus integrantes ni transforma la manera en que el Estado se relaciona con quienes tienen la responsabilidad de garantizar la seguridad pública.

La verdadera transformación policial comenzará el día en que cambie la mentalidad institucional. Comenzará cuando cada miembro de la Policía Nacional comprenda que portar un uniforme que representa mucho más que ejercer autoridad; “significa asumir un compromiso permanente con la Constitución, con los derechos fundamentales, con la ética pública y con el servicio a la ciudadanía”.

La verdadera transformación policial comenzará, cuando la formación policial deje de concentrarse únicamente en procedimientos operativos y se convierta en un verdadero proceso de construcción de liderazgo, pensamiento crítico, criterio jurídico, inteligencia estratégica, resolución de conflictos y vocación de servicio.

Comenzará cuando el director general de la Policía Nacional y el Alto Mando sean seleccionados, no por afinidades políticas o coyunturas gubernamentales, sino por sus competencias profesionales, capacidad de liderazgo, visión estratégica, experiencia institucional e integridad personal. Una institución tan importante para la estabilidad democrática del país necesita una conducción basada en el mérito, la capacidad y la institucionalidad.

Comenzará cuando la Policía Nacional pueda desarrollar plenamente su misión constitucional sin interferencias ajenas a su naturaleza institucional. Ninguna organización puede consolidar procesos de largo plazo si sus decisiones estratégicas responden a intereses políticos circunstanciales y no a una política pública de Estado. La seguridad pública exige continuidad, planificación y respeto a la autonomía funcional que la propia Constitución reconoce dentro del marco de subordinación al poder civil.

La verdadera transformación policial comenzará cuando el sistema educativo policial forme profesionales capaces de cuestionar, analizar y decidir con criterio propio; hombres y mujeres que comprendan el alcance de la Constitución, el valor de los derechos humanos y la importancia de actuar siempre dentro del marco de la legalidad. Una institución moderna no se construye únicamente con mejores equipos o nuevas leyes; se construye formando mejores seres humanos. Pero esa transformación tampoco depende exclusivamente de la Policía Nacional.

También exige un compromiso del sistema de justicia. El Ministerio Público y el Poder Judicial desempeñan un papel determinante en la consolidación del Estado de Derecho. Proteger los derechos fundamentales de la ciudadanía es una obligación irrenunciable, pero también lo es comprender la complejidad, los riesgos y las decisiones que los agentes policiales deben adoptar, muchas veces en cuestión de segundos y bajo circunstancias extraordinarias. Un tratamiento jurídico equilibrado implica investigar con objetividad, sancionar cuando corresponda, pero también reconocer y proteger la actuación legítima de quienes cumplen su deber conforme a la ley.

La verdadera transformación policial requiere que el Estado garantice condiciones dignas para quienes integran la institución. Ningún discurso sobre profesionalización tendrá credibilidad si los policías perciben que las reformas reducen derechos históricos, generan incertidumbre sobre su retiro o debilitan la protección social de sus familias. La disciplina se fortalece cuando existe confianza institucional; y la confianza solo es posible cuando el Estado honra los compromisos asumidos con quienes le sirven.

La sociedad también tiene una responsabilidad ineludible.Durante décadas se ha exigido una mejor Policía, pero pocas veces se ha reflexionado sobre la necesidad de construir una cultura de legalidad, respeto mutuo y corresponsabilidad entre ciudadanos e instituciones”. La seguridad pública no depende únicamente de la actuación policial; es el resultado del comportamiento conjunto del Estado y de la sociedad.

“La transformación policial no depende únicamente de la Policía Nacional. Es el resultado del funcionamiento de todo el sistema de seguridad pública y justicia. Reformar únicamente a la Policía, dejando intactas las demás instituciones del sistema, equivale a intentar corregir una sola pieza de un mecanismo mucho más complejo”.

Por eso, la verdadera reforma policial no puede reducirse a la aprobación de una nueva ley. “Será el resultado de una transformación integral de la cultura institucional, del fortalecimiento del liderazgo, de la profesionalización basada en el mérito, del respeto irrestricto a la Constitución, de una educación policial de excelencia, de un sistema de justicia que comprenda la naturaleza del servicio policial y de un Estado que garantice estabilidad, dignidad y seguridad jurídica a quienes arriesgan diariamente su vida por proteger la de los demás”.

Solo cuando todos esos elementos converjan podremos afirmar que la República Dominicana habrá iniciado una auténtica transformación policial. Hasta entonces, cualquier reforma legislativa, por importante que sea, seguirá siendo apenas un instrumento jurídico incapaz de producir, por sí solo, el cambio institucional que el país espera desde hace décadas.

Pero precisamente por tratarse de una institución esencial para la estabilidad democrática, cualquier reforma debe construirse sobre bases constitucionales sólidas y no sobre la simple reproducción de modelos administrativos concebidos para realidades completamente distintas.

Aún existe la oportunidad de corregir el rumbo. Las modificaciones introducidas durante el trámite legislativo representan un avance, pero persisten disposiciones que merecen una revisión técnica más profunda. Rectificar no significa retrasar la reforma; significa garantizar que la nueva Ley Orgánica de la Policía Nacional nazca con la legitimidad jurídica necesaria para perdurar en el tiempo.

Este debate tampoco corresponde únicamente al Congreso Nacional. Corresponde a los propios policías, a sus familias, a las asociaciones profesionales, a las universidades, a los juristas y a toda la sociedad dominicana.

Porque detrás de cada artículo del anteproyecto hay miles de proyectos de vida. Hay hombres y mujeres que aceptaron restricciones, riesgos y sacrificios extraordinarios bajo la confianza de que el Estado respetaría las reglas que les ofreció cuando ingresaron a la institución.

La verdadera fortaleza de una Policía moderna no se mide únicamente por su capacidad operativa. También se mide por la confianza que inspira a quienes la integran. Y esa confianza comienza cuando el Estado cumple su propia Constitución.

Todavía estamos a tiempo de construir una reforma policial que modernice la institución sin sacrificar su identidad constitucional, sin debilitar la carrera policial y sin convertir en incertidumbre los derechos que durante años dieron seguridad a quienes han jurado proteger a la República.

Cualquier reforma legislativa, por importante que sea, seguirá siendo apenas un instrumento jurídico incapaz de producir, por sí solo, el cambio institucional, porque reformar una institución es una responsabilidad histórica. Pero hacerlo respetando la Constitución es una obligación irrenunciable.

La historia demuestra que las grandes instituciones no cambian porque se apruebe una nueva ley; cambian cuando se transforma la cultura que las sostiene. “Las leyes pueden reorganizar estructuras, crear órganos y redefinir competencias. Pero solo el liderazgo, la educación, la ética, la gobernanza, la institucionalidad y el compromiso de las personas pueden construir una Policía verdaderamente profesional, respetada por la sociedad y fiel a la Constitución”. Ese es el verdadero desafío de la reforma policial dominicana.

Por Licdo. Francisco Ventura de León

 

 

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