Monte Plata, RD, 15 de julio, 2023.- Una sentencia condenatoria de 25 años de prisión fue dictada en contra de dos hombres acusados por el Ministerio Público de ese distrito judicial, el primero, de provocarle la muerte a otro a causa de heridas de arma blanca mientras jugaban en un billar del Batey Triple Ozama, de la comunidad Don Juan, en un hecho ocurrido en el año 2021.
El Tribunal Colegiado de Monte Plata dictó la sentencia condenatoria al acusado Víctor Manuel Acevedo Moreno, la cual establece además que este deberá pagar una indemnización de un millón quinientos mil pesos a los familiares del hoy occiso Gerónimo Napoleón.
La acusación presentada por el fiscal José del Carmen García Hernández y acogida por los magistrados Hilda Nieves Sánchez Luna (jueza presidenta), Isaías Ronaldo Martínez Pérez (juez primer sustituto) y Johanna Giselle Reyes Moquete (jueza miembro), establece que el hecho ocurrió el 21 de octubre del año 2021, alrededor de las 8:00 de la noche.
El hecho se produjo, de acuerdo con el expediente, porque el acusado Acevedo Moreno hizo fraude, lo que generó un inconveniente entre este y la víctima, a quien el hoy condenado agredió físicamente con un machete.
Según el diagnóstico médico, Napoleón resultó con trauma craneoencefálico severo secundario y herida cortante en región frontal parietal y hematoma subdural, lo que le provocó la muerte.
La sentencia, emitida por la violación de los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano, deberá ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de Monte Plata.
Mientras que, Tonis Vargas Luna, de violar la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, fue sentenciado por el Tribunal Colegiado de Monte Plata, el cual ordena en su decisión que el sentenciado cumpla tres años en prisión y dos en libertad bajo las condiciones de residir en un domicilio fijo, abstenerse al uso y consumo de drogas, así como de visitar personas o lugares relacionados con el tipo penal juzgado.
Además, deberá aprender un oficio, realizar 24 jornadas de reforestación y limpieza en coordinación con la oficina del Ministerio de Medio Ambiente en Monte Plata.
En torno al proceso que se llevó contra Vargas Luna, el órgano acusador estableció en el expediente acusatorio que en fecha 4 de septiembre de 2021, alrededor de las 11:35 de la mañana, la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) procedió con el arresto del hoy condenado mientras se encontraba en el sector Villa La Basílica, del municipio Bayaguana, luego de que le ocupara en la pretina de su pantalón un pedazo de funda plástica que contenía en su interior la cantidad de 52 porciones de un polvo blanco que, al ser analizado, se estableció que correspondían a cocaína clorhidratada, con un peso de 41.00 gramos, además de que le ocupó 600 pesos en efectivo en el bolsillo derecho.
El tribunal advierte en la sentencia emitida contra el acusado que, de no cumplir con las condiciones impuestas para mantener su libertad o de incurrir en la comisión de otro hecho delictivo, le será revocada la suspensión condicional dispuesta a su favor y consecuentemente deberá cumplir la totalidad de la pena en prisión.
Los jueces también ordenaron la incineración de la sustancia narcótica ocupada, el total de 41.00 gramos de cocaína clorhidratada, descrita en el análisis químico forense No. SC1-2021-09-29-011749, de fecha 8 de septiembre de 2021.
El tribunal adoptó la decisión al acoger la acusación presentada por el fiscal de esta provincia José del Carmen García Hernández, la cual fue ponderada junto a los elementos probatorios procesales, periciales, documentales y testimoniales, por los magistrados Hilda Nieves Sánchez Luna (presidenta), Isaías Ronaldo Martínez Pérez, juez primer sustituto, y Johanna Giselle Reyes Moquete, jueza miembro.
La sentencia fue emitida por la violación de los artículos 5, literal A, 28 y 75, párrafo II, de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas en la República Dominicana.



