San Juan, RD, 09 de agosto, 2022.- El Ministerio Público de esta jurisdicción obtuvo una condena de 20 años de prisión contra un hombre que durante una riña mató a otro en un hecho ocurrido en 2019.
Los jueces del Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de San Juan de la Maguana, Angélica Calderón, Dante Almonte y Luis Marte, impusieron la pena a Edward Manuel Segura Sánchez, quien el 17 de febrero de 2019 le propinó múltiples heridas de arma blanca a Alexander Ogando Bidó.
Las pruebas presentadas por el órgano de la acusación establecen que Ogando Bidó recibió varias puñaladas en diferentes partes del cuerpo, principalmente en tórax y abdomen, durante la agresión que estuvo motivada en viejas rencillas personales.
Tras cometer el hecho, Segura Sánchez quedó bajo arresto al presentarse a la dotación de la Dirección Regional Oeste de la Policía Nacional, detalla la acusación instrumentada por los fiscales del caso, Hernanda Arias y José Bello Orozco.
Durante el proceso judicial, el Ministerio Público dejó establecido que el procesado incurrió en violación a los artículos 295 y 304 del Código Penal, así como el 66 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
Por otra parte, dictamino siete años de prisión contra un hombre que agredió a otro con un arma de fabricación casera en la comunidad de Jínova.
A través del procurador fiscal Henry Romero, el órgano de la persecución penal presentó pruebas de diferentes naturalezas que le permitieron probar que Brayan Miguel Ramírez Ortiz actuó con premeditación, al utilizar un arma de fuego tipo Changón en contra de Luis García González.
La agresión, producida el 24 de agosto de 2018 en la calle prolongación Duarte, provocó a la víctima una lesión permanente en la pierna derecha, según establece el certificado médico correspondiente.
Brayan Miguel Ramírez Ortiz deberá cumplir la pena en la cárcel pública de esta ciudad, decisión tomada por los jueces Ángel Valentín, Luis Manuel Martes y Diógenes Dámaso.
El tribunal lo declaró culpable de violar el artículo 309 del Código Penal Dominicano, sobre golpes y heridas, así como los artículos 66 y 67, párrafo 75, de la Ley 631-16, sobre Armas, Municiones y Materiales Relacionados.



