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Prisión preventiva a dos por muerte a palos de Gisell en Villa Altagracia

Villa Altagracia, RD, 12 noviembre, 2024.- El Ministerio Público obtuvo este martes tres meses de prisión preventiva en contra de un hombre que le provocó la muerte a palos a su pareja, e igual medida a otro hombre, en un hecho ocurrido el pasado 6 de noviembre en esa localidad.

 

La jueza Sudelgi Rosario Mena, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Villa Altagracia, impuso la prisión preventiva a Nazario Mercedes por la muerte de su pareja Yesica Figueroa, alias Gisell. Igual medida de coerción fue impuesta contra de Obispo Carmona, también involucrado en el caso.

 

Ambos fueron sometidos a la justicia por la muerte de Figueroa, luego de que fueran arrestados  el pasado 6 de noviembre, alrededor de las 7:00 de la noche, en la calle Principal, del paraje Los Arroyones, del municipio Villa Altagracia, de la provincia San Cristóbal.

 

Con relación al caso, el Ministerio Público indicó que la víctima fue golpeada con un palo varias veces en la cabeza, resultando con contusión y hemorragia cerebral, lesiones que le provocaron un shock hipovolémico que le ocasionó la muerte, según el acta de levantamiento de cadáver No. 88678, de fecha 6 de noviembre de 2024.

 

En la solicitud de medida de coerción el órgano persecutor detalla que, al practicar una inspección en el citado lugar, las autoridades encontraron el cuerpo de Figueroa tirado en el suelo, cubierto con fundas plásticas y con una hoja de zinc. Precisa, que, próximo al lugar, también encontraron una pala y un pico con lodo, por lo que se presume que los imputados pretendían enterrar el cadáver de su víctima.

 

En la audiencia el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal José Fernández Javier, quien aportó diferentes evidencias que vinculan a los imputados con el crimen, incluyendo el pico y la pala encontrados en dicho lugar.

 

El Ministerio Público le ha otorgado al presente caso la calificación jurídica provisional de violación a los artículos 304, 304, párrafo II; 295 y 296 que tipifican y sancionan el homicidio agravado, con premeditación o acechanza.

 

La jueza ordenó el cumplimiento de la medida de coerción en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de Najayo, en San Cristóbal.

 

El Ministerio Público precisó en la solicitud medida de coerción que la conducta de Nazario Mercedes es reiterativa, ya que por otro hecho delictivo fue emitida en su contra una orden de arresto por el Juzgado de la Instrucción de San José de Ocoa.

 

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