martes, diciembre 3, 2024
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Jueces venales, serviles y entreguistas, calificó el jurista Ferreras Díaz a los que condenaron a la diputada Rosa Amalia Pilarte

La sentencia contra la diputada del PRM Rosa Amalia Pilarte, constituye un precedente funesto que desacredita los jueces que la emitieron.

Santo Domingo de Guzmán, RD, 26 junio, 2024. – El jurista y abogado constitucionalista  Dr. Fredermido Ferreras Díaz, calificó a los magistrados que condenaron por de lavado de activo sin delito previo a la diputada Rosa Amalia Pilarte, como venales, serviles y  entreguistas.

En declaración a este medio advirtió que la sentencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, contra la diputada del PRM Rosa Amalia Pilarte, constituye un precedente funesto que desacredita los jueces que la emitieron.

Cómo es posible una condena por lavado de activo sin establecer la existencia de un delito previo o anterior? que produjera el dinero sucio que habría que supuestamente lavar.

Está sentencia anti soberana se limita a establecer que es lavado de activo producto del Narcotráfico sin establecer y condenar a nadie previamente por Narcotráfico. Estos jueves venales y serviles deben de ser destituidos por entreguistas abusadores  y manipuladores, señaló.

Continuo diciendo, ya anteriormente establecí que «el caso de la esposa de Miky López, Rosa Amalia Pilarte tiene varias  aristas,  veo a muchos juristas veteranos confundidos en sus opiniones. Deben de recordar esos amigos Jurisconsulto que  el «privilegio» de Jurisdicción que otorga la ley a Funcionarios Públicos y Electivos es para que su caso se conozca en única y última instancia y que por tanto las decisiones de ese Tribunal de Privilegios son definitivas e inapelables, lo que implica que su caso al ser conocido por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia es como un Recurso de Casación mas no de apelación, o sea, no se busca modificar la sentencia sino determinar si la ley fue bien o mal aplicada.

Dijo que la estrategia de que la Diputada renuncie para que su caso se conociera en la jurisdicción ordinaria para que el proceso corra todos los grados de jurisdicción y sea más largo, ahora ya no funciona pues al emitir sentencia el Tribunal se desapodera y su acción recursiva será por la competencia del Juez que la dictó más no por la condición del ahora condenada. Me explico, ya la sentencia existe y solo puede ser atacada ante el Pleno SCJ aún ya la señora Pilarte deje de ser Diputada. Sin embargo si la sentencia es casada con envío el expediente vuelve a su estado original y ahí si el nuevo Tribunal apoderado debe de declinar a la jurisdicción ordinaria y partir entonces de cero.

No puede haber lavado de activo sin delito precedente, concluyo.

 

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