SANTO DOMINGO, RD, 26-2020.- En procura de evitar la propagación y contagio del COVID-19, la Junta Central Electoral (JCE), emitió el protocolo sanitario que pondrá en marcha para las elecciones extraordinarias del 5 de julio próximo.
El protocolo está contenido en la resolución 53-2020 emitida por el pleno de la JCE donde se hace constar que fueron tomadas en cuentas las medidas sanitarias recomendadas por el Ministerio de Salud Pública del país y de varios organismos internacionales como es el caso de las organizaciones Mundial de la Salud (OMS) y Panamericana de la Salud (OPS).
En consecuencia, se dispuso que los recintos electorales serán desinfectados y para ello la JCE, solicitará la colaboración de las autoridades, los propietarios y administradores de los recintos.
Antes de entrar a los recintos, los funcionarios de los colegios electorales, los delegados políticos, los miembros de la Policía Militar Electoral, los observadores de escrutinio y escaner, así como todo el personal de la Junta, deberán desinfectar sus manos con el uso de alcohol dispuesto por la institución para tales fines. Igual práctica se seguirá con todos los electores que se presenten a votar.
De igual modo, al momento de la instalación, los funcionarios del colegio electoral, guardando el distanciamiento establecido, en presencia de los
delegados políticos que allí estuvieren, extraerán de la valija el kit de higienización a los fines de disponer de las mascarillas, guantes, gel antibacterial y toallas húmedas antibacteriales.
“Las toallas húmedas antibacteriales se utilizarán para la limpieza de las mesas de trabajo, superficies y las sillas, además de mantenerlas en poder del presidente para la limpieza de los marcadores, en la medida que sean utilizados por los electores. También serán usadas en la desinfección de los scaners de transmisión de resultados”, aduce la resolución.
Establece que todos los funcionarios de los colegios electorales, los delegados políticos, los miembros de la Policía Militar Electoral y todo el personal de la JCE deberán utilizar durante la jornada electoral mascarillas y guantes en el ejercicio de sus funciones.
El procoloto indica que los electores entrarán a los recintos organizados en sus respectivas filas, provistos de mascarillas y guardando una distancia de dos metros, entre unos y otros. Los facilitadores de recintos y los segundos vocales de cada colegio, guardando el distanciamiento social, organizarán las filas en los espacios abiertos del recinto o en la entrada de estos, auxiliados por la Policía Militar Electoral, para evitar la aglomeración de personas en la entrada de cada colegio electoral.
De igual modo, los votantes entrarán al local de votación uno por uno, respetando las medidas de distanciamiento dispuestas por las autoridades de salud. Al recibir la cédula de identidad y electoral, la cual será desinfectada, el primer vocal los buscará en el padrón y le comunicará al presidente que el elector se encuentra hábil para votar.
De inmediato se les entregarán las 3 boletas y el marcador previamente desinfectado. Se dirigirán a las casetas, marcarán las boletas y las depositarán en las respectivas urnas.
Agotado el proceso firmarán el padrón en señal de que concurrieron y votaron. Acto seguido, se les entintará el dedo con la sustancia destinada para esos fines y se les devolverá su cédula y de inmediato se retirarán del recinto.
“Será responsabilidad de los facilitadores y de la Policía Militar Electoral mantener los recintos descongestionados y sin la presencia de electores que ya ejercieron el voto, o de cualquier ciudadano que no esté realizando funciones como miembro de un colegio electoral o funcionario dentro del recinto”, aduce el documento.
Sostiene además que durante las fases de escrutinio, escaneo y transmisión, el personal actuante deberá utilizar permanentemente los medios de protección e higiene suministrados (mascarillas, guantes y gel antibacterial) y mantener la distancia establecida.
En relación con el Voto de los Dominicanos en el Exterior estas regulaciones se adaptarán a las normas establecidas por cada Estado receptor.