Ser un ex presidiario o un deportado desde otro país, encuentra muchos obstáculos para lograr una eficaz reinserción social que dependerá del tiempo en prisión, condición económica, apoyo del entorno familiar, nivel profesional y en fin una serie de factores que pueden favorecer o no el proceso de reinserción social del ex recluso.
Los ex convictos y los deportados comparten los mismos episodios de discriminación y exclusión propios de una sociedad hipócrita, de doble rasero, pues mientras públicamente se manifiestan las ideas de favorecerles la reintegración a la comunidad para evitar la reincidencia, en los hechos, se les impide hasta abrir una cuenta de banco para poder ahorrar el fruto de su trabajo y recomenzar una nueva vida.
Es por eso que consideramos positivo que la Superintendencia de Bancos (SIB) haya emitido la circular 029-20 proponiendo que las personas con antecedentes penales o los que estén en proceso judicial activo, tengan la posibilidad de abrir una cuenta de nómina, o de ahorros, pues resultará altamente beneficioso para esos excluidos del sistema bancario.
Creemos que las Entidades de Intermediación Financiera(EIF) acogerán la propuesta de la SIB, permitiéndole a ese segmento de la población obtener una cuenta básica de ahorros, en principio con un monto máximo de RD$45,000 por 30 días, mientras que las abiertas con fines de recibir depósitos de nómina no tendrán limitaciones en cuanto al balance, y que servirán para recibir pagos de salarios del trabajador.
Si bien la ley debe ser aplicada a los transgresores de las normas de convivencia, también hemos de entender que una vez las personas cumplieron sus condenas, procede darles la oportunidad de reintegrarse al seno de la sociedad, levantando trabas y obstáculos que les cierran las puertas del trabajo honrado, lanzándoles en los brazos de crimen y la delincuencia, en cuyo caso estaríamos arando en el mar.